La Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad ha aprobado las circunstancias especiales que pueden dar lugar a la valoración del grado de discapacidad por medios no presenciales o telemáticos.
De esta forma, el equipo multiprofesional de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad ya puede realizar la valoración por medios no presenciales o telemáticos, siempre y cuando las especiales circunstancias de las personas interesadas así lo aconsejen.
Las circunstancias son las siguientes:
- Cuando el interesado esté inmovilizado o se constate una situación sociosanitaria que desaconseje su traslado al centro de valoración.
- Cuando las circunstancias ambientales o epidemiológicas dificulten o desaconsejen la movilidad de la ciudadanía.
- En pacientes inmunodeprimidos o en tratamiento inmunosupresor, cuya situación desaconseje su traslado. Personas institucionalizadas en las que se desaconseje su traslado.
- Cuando la documentación que conste en el expediente o que esté disponible en los servicios públicos de salud, servicios sociales y educación, aporte información objetiva y suficiente para realizar la valoración o la revisión, y se considere que la cita presencial no va a aportar una información relevante que pueda modificar la valoración de la discapacidad.
Programa ‘Intervención social para personas con discapacidad intelectual y sus familias’ de Fundación Instituto para la Integración Social (FIIS) incluido en la convocatoria de Acción Social, impulsada por el Ayuntamiento de Zaragoza.
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